Paciente que, con 45 años de edad, se somete a una intervención de Hemorroides y sufre como secuela una grave incontinencia de heces que le obliga a llevar pañales; como consecuencia padece un trastorno depresivo reactivo y una incapacidad absoluta para su trabajo habitual como reconoce un Juzgado Social.
El Juzgado Contencioso Administrativo Nº 4 de Barcelona dicta sentencia, con fecha 10/02/2011, en la que se estima la reclamación formulada por nuestro cliente y condena al ICS a abonar al reclamante la indemnización fijada más los intereses legales, con motivo de la deficiente asistencia prestada en el H.J.X. de Tarragona.
Recoge la sentencia : «… en la intervención quirúrgica practicada al actor el día 1 de Marzo de 2006 el mecanismo lesional sería el siguiente: al estirar del paquete venoso dilatado para cortarlo, se pellizcó inadvertidamente el músculo esfinteriano interno y en la sección de la hemorroide se seccionó el músculo. El cirujano actuó sobre tres paquetes venosos, de manera qué, en la misma estirada o en otra, pellizcó también el tejido nervioso que se ramifica hacia el esfínter externo y con el corte seccionó también aquel pequeño nervio».
La demanda ha sido tramitada por Luisa Blanco Delgado, Abogada de Servicios Jurídicos Verdún, especialista en derecho sanitario y miembro de la Asociación el Defensor del Paciente en Cataluña.
Ámbito del caso: Contencioso administrativo.