PACIENTE FALLECIDO COMO CONSECUENCIA DE UN PROCESO INFECCIOSO NO TRATADO A TIEMPO
El Juzgado de Primera Instancia nº 11 de Barcelona, ha condenado a la Compañía de Seguros Zurich, a indemnizar con xxxx Euros, más intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguros, a la esposa e hijos de un paciente que falleció como consecuencia de un proceso infeccioso no tratado a tiempo.
El paciente fue diagnosticado en el Hospital de Mataró el 29/11/2013 de cólico nefrítico y tras administrarle un calmante se decidió el alta y remisión a su domicilio con tratamiento para el dolor. Sin embargo el paciente estaba sufriendo una pielonefritis obstructiva aguda (infección aguda) que no fue diagnosticada hasta el día 1/12/2013, cuando acude de nuevo a urgencias del mismo hospital, que dicho sea, no dispone de urólogo de guardia.
En el segundo ingreso el paciente permaneció hospitalizado más de 6 horas, hasta que fue remitido al Hospital Universitari Germans Trias i Pujol que sí cuenta con servicio de urología, donde días después falleció como consecuencia de la grave sepsis que padecía por la piedra que no dejaba drenar la orina y había provocado una grave infección.
La sentencia confirma que se produjo una pérdida de oportunidad en el diagnóstico de la pielonefritis obstructiva; que los síntomas que sufría el paciente exigían mantenerlo ingresado en observación el día 29/11, pues de haberse dejado ingresado se habría diagnosticado con antelación el cólico obstructivo y se hubiera podido instaurar a tiempo el tratamiento necesario y evitar la sepsis que le provocó la muerte.
La defensa del caso ha sido tramitada por Luisa Blanco Delgado, Abogada de Servicios Jurídicos Verdún, especialista en Derecho Sanitario, y miembro del grupo “Que no pase +”.